26951

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<b>Resolución Legislativa de aprobación de la Convención sobre Prohibición del </b><b><b>Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de minas antipersonal y </b><b><b>sobre su destrucción. </b><b><b>Resolución Legislativa N° 26951</b><b> Resolución Legislativa No. 26951<b>EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;<b>Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:<b> RESOLUCION LEGISLATIVA DE APROBACION DE LA CONVENCION SOBRE PROHIBICION DEL EMPLEO, <b>ALMACENAMIENTO, PRODUCCION Y TRANSFERENCIA DE MINAS ANTIPERSONAL Y SOBRE SU <b>DESTRUCCION<b> El Congreso de la República, en uso de las atribuciones que le confieren los Artículos 56o. y 102o., inciso 3) de la<b>Constitución Política del Perú, y el Artículo 4o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar la Convenciónsobre la <b>Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción, <b>adoptada en Oslo, Noruega el 18 de setiembre de 1997 y suscrita por el Perú en Ottawa, Canadá el 3 de diciembre de <b>1997.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los once días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Presidente del Congreso de la República<b> EDITH MELLADO CESPEDES<b>Primera Vicepresidenta del Congreso de la República<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b> Lima, 14 de mayo de 1998<b>Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.<b>ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b>EDUARDO FERRERO COSTA<b>Ministro de Relaciones Exteriores<b><hr>