26802

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<b>Autorizan al Presidente de la República para que realice viajes al exterior durante </b><b><b>los meses de junio, julio y agosto de 1997</b><b><b>Resolución Legislativa N° 26802</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b> EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;<b> Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:<b> El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Artículo 102 y en el Artículo 113o de la <b>Constitución Política del Perú, y en la Ley No. 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor <b>Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para que, en ejercicio de la función <b>presidencial, pueda efectuar viajes al exterior durante los meses de junio, julio y agosto del presente año.<b> La presente Resolución Legislativa entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.<b> VICTOR JOY WAY ROJAS<b>Presidente del Congreso de la República<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso de la República<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b> Lima, 30 de mayo de 1997.<b> Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> CARLOS HERMOZA MOYA<b>Ministro de Justicia Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros<b><hr>