Autorizan al Presidente de la República a efectuar viajes al exterior del paísResolución Legislativa N° 26693
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Artículo 102o., el Artículo 113 de la Constitución Política del Perú, y la Ley No. 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República, y en consecuencia autorizarlo para que, en ejercicio de la función Presidencial, pueda efectuar viajes al exterior en el mes de diciembre del presente año, y en los meses de enero y febrero de 1997.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis.
VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Congreso de la República.
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso de la República.
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.Lima, 29 de noviembre de 1996
Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros