Conceden pensiones de gracia a diversas ciudadanas peruanasResolución Legislativa N° 26627
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
Artículo 1o.- Concédase Pensión de Gracia a cada una de las señoritas Nelly Saco Flores y Emma Saco Flores, equivalente a dos (2) Remuneraciones Mínimas Vitalesmensuales cuyos merecimientos han sido debidamente calificados.
Artículo 2o.- La pensión de Gracia a que se refiere el artículo anterior es personal, instransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.
Artículo 3o.- El Ministro de Defensa queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.En Lima, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis.MARTHA CHAVEZ COSSIO DE OCAMPOPresidenta del Congreso de la RepúblicaVICTOR JOY WAY ROJASPrimer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICALima, 19 de junio de 1996Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la RepúblicaALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de MinistrosTOMAS CASTILLO MEZAMinistro de Defensa