Aprueban las Enmiendas 1, 2 y 3 al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América LatinaResolución Legislativa N° 26466
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:El Congreso Constituyente Democrático, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 56o. y 102o. inciso 3), de la Constitución Política del Perú y el artículo 2o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar las Enmiendas 1, 2 y 3 al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina", adoptadas mediante Resoluciones 267 (E-V) de 3 de julio de 1990; 268 (XII) del 10 de mayo de 1991, y 290 (E-VII), del 26 de agosto de 1992, por la Conferencia General delOrganismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina.
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, al primer día del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICALima, 8 de junio de 1995.
Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
JUAN CASTILLA MEZAMinistro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y ConstrucciónEncargado de la Presidencia del Consejo de Ministros
VICTOR MALCA VILLANUEVAMinistro de Defensa