26464

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<b>Aprueban la Enmienda al Artículo XIII del Convenio Constitutivo de la Unión Latina</b><b><b>Resolución Legislativa N° 26464</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:<b>El Congreso Constituyente Democrático, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 56o. y 102o. inciso 3), <b>de la Constitución Política del Perú y el artículo 2o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar "La Enmienda al Artículio XIII <b>del Convenio Constitutivo de la Unión Latina", adoptada mediante Resolución No. 11 del XIV Congreso de la Unión <b>Latina realizada los días 6 y 7 de diciembre de 1994.<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, al primer día del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>Lima, 7 de junio de 1995.<b> Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> JUAN CASTILLA MEZA<b>Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción<b>Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros<b><hr>