Aprueban la Enmienda al Artículo XIII del Convenio Constitutivo de la Unión LatinaResolución Legislativa N° 26464
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:El Congreso Constituyente Democrático, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 56o. y 102o. inciso 3), de la Constitución Política del Perú y el artículo 2o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar "La Enmienda al Artículio XIII del Convenio Constitutivo de la Unión Latina", adoptada mediante Resolución No. 11 del XIV Congreso de la Unión Latina realizada los días 6 y 7 de diciembre de 1994.
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, al primer día del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICALima, 7 de junio de 1995.
Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
JUAN CASTILLA MEZAMinistro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y ConstrucciónEncargado de la Presidencia del Consejo de Ministros