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<b>Autorizan viaje del Presidente de la República al Japón y la República Popular </b><b><b>China</b><b><b>Resolución Legislativa N° 26321</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:<b>El Congreso Constituyente Democrático, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del artículo 102o. y el Artículo <b>113o. de la Constitución Política del Perú, ha resuelto deferir a la petición formulada por el señor Presidente <b>Constitucional de la República, y en consecuencia autorizarlo para que, en ejercicio de la función Presidencial, pueda <b>ausentarse del país, del 2 al 13 de Junio del presente año, con el fin de viajar al Japón, en visita de trabajo, y a la <b>República Popular de China, en visita de Estado.<b> La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los veintisiete días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>Lima, 27 de mayo de 1994<b> Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER<b>Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores<b><hr>