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<b>Aprueban Acuerdo suscrito entre el Comité Internacional de la Cruz Roja y el </b><b><b>Gobierno Peruano</b><b><b>Resolución Legislativa N° 26236</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:<b>El Congreso Constituyente Democrático, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 102o. y 186o. inciso <b>3) de la Constitución Política del Perú y el artículo 2o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar el "ACUERDO ENTRE EL <b>COMITE INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU SOBRE <b>PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DE ESTA ORGANIZACION EN EL PERU", suscrito en la ciudad de Lima, el 5 de <b>Junio de 1989.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los trece días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>Lima, 19 de octubre de 1993<b> Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> FERNANDO VEGA SANTA GADEA<b>Ministro de Justicia<b>Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros<b> EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER<b>Ministro de Relaciones Exteriores<b><hr>