26211

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<b>Autorizan al Presidente de la República para ausentarse del país con el fin de viajar </b><b><b>a la República Federativa de Brasil</b><b><b>Resolución Legislativa N° 26211</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:<b>El Congreso Constituyente Democrático, de conformidad con lo prescrito en el inciso octavo del Artículo 186o. y el <b>inciso tercero del Artículo 206o. de la Constitución Política, ha resuelto deferir a la petición formulada por el señor <b>Presidente Constitucional de la República, y en consecuencia autorizarlo para que, en ejercicio de la función <b>presidencial, pueda ausentarse del país, del 14 al 17 de Julio del presente año, con el fin de viajar a la República <b>Federativa del Brasil, en visita Oficial.<b> La presente Resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los doce días del mes de Julio de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>Lima, 13 de julio de 1993<b> Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ<b>Ministro de Trabajo y Promoción Social<b>Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros<b><hr>