26942

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<b>Ley que amplía a todas las municipalidades del país los efectos de la Ley No. </b><b><b>26394. </b><b><b>Ley N° 26942</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA<b>POR CUANTO:<b> El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b> EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;<b> Ha dado la Ley siguiente:<b> LEY QUE AMPLIA A TODAS LAS MUNICIPALIDADES DEL PAIS LOS EFCTOS DE LA LEY No. 26934<b> Artículo 1o.- Objeto de la Ley<b> 1.1 Por el ejercicio presupuestal de 1998, es de aplicación a todas las Municipalidades del país, lo dispuesto en los <b>Artículos 1o. y 2o. de la Ley No. 26934.<b> 1.2. Lo dispuesto en el Artículo 3o. de la mencionada Ley será de aplicación únicamente para la adquisición y <b>contratación de bienes y servicios y obras de prevención, emergencia, rehabilitación, reestructuración y de asistencia a <b>la población<b>damnificada, de ser el caso frente a los efectos del fenómeno "El Niño".<b> Artículo 2o.- De la derogatoria Derógase el Artículo 4o. de la Ley No. 26934 y modifícanse o déjanse en suspenso las <b>normas legales que se opongan a la presente Ley.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los seis días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.<b> EDITH MELLADO CESPEDES<b>Primera Vicepresidenta y Presidenta en Ejercicio del Congreso de la República<b>AURORA TORREJON RIVA DE CHINCHA<b>Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República<b>AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b> POR TANTO:<b>Mando se publique y cumpla.<b>Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.<b>ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b>ALBERTO PANDOLFI ARBULU<b>Presidente del Cponsejo de Ministros<b>JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI<b>Ministro de la Presidencia<b>JORGE CAAMET DICKMANN<b>Ministro de Economía y Finanzas<b><hr>