Ley que modifica diversos artículos de la Ley No. 26102 - Código de los Niños y Adolescentes. Ley N° 26941
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICAPOR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY No. 26102 - CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Artículo 1o.- Objeto de la Ley
Modifícanse los Artículos 4o., 14o., 16o., 38o. y 40o. de la Ley No. 26102 por los siguientes textos:
"Artículo 4o.- A LA INTEGRIDAD PERSONAL.- Todo niño y adolescente tiene derecho a que se respete suintegridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. No podrá ser sometido a tortura, ni a trato cruel o degradante. Se consideran formas esclavizantes el trabajo forzado y la explotación económica, así como la prostitución, la trata, la venta y el tráfico de niños y adolescentes. Sin perjuicio de las disposiciones establecidas en el Código Penal.
Artículo 14o. A LA EDUCACION, A LA CULTURA, AL DEPORTE Y A LA RECREACION.- El niño y eladolescente tienen derecho a la educación. El Estado asegura la gratuidad de la enseñanza para quienes tienenlimitaciones económicas. Ningún niño o adolescente debe ser discriminado en un centro educativo por causa del estado civil de sus padres.
La niña o adolescente, embarazada o madre, no debe ser impedida de iniciar o proseguir sus estudios, lo quedebe ser garantizado por la autoridad educativa del plantel, la cual debe adoptar las medidas que el caso requiera, evitando que sea objeto de cualquier discriminación.
Artículo 16.- A SER RESPECTADO POR SUS EDUCADORES.- El niño y adolescente tienen derecho a serrespetados por sus educadores y a cuestionar sus criterios valorativos, pudiendo recurrir a instancias superiores si fuera necesario. El respecto incluye no cometer actos de acoso, de abuso o de violencia sexuales por parte de los educadoreshacia sus educandos.
Artículo 38o. NIÑO Y ADOLESCENTE MALTRATADO.- El niño y el adolescente víctima de maltrato físico omental merecerá atención integral mediante programas preventivos y de protección por parte del Estado, conparticipación comunal y pública orientados a eliminar la violencia dirigida contra ellos y a reducir sus efectos.
Artículo 40o. NIÑO TRABAJADOR Y NIÑO DE LA CALLE.- El niño que trabaja por necesidad económica yel niño de la calle, tienen derecho a participar en programas dirigidos a asegurar su proceso educativo y sudesarrollo físico y mental. El Ente Rector, en coordinación con los Gobiernos Locales, tendrá a su cargo la promoción y ejecución de estos programas.Esta norma es aplicable también a los adolescentes, además de lo dispuesto en el capítulo IV.".
Artículo 2o.- Del Ente Rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el AdolescenteToda mención al Ente Rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente establecida en la Ley No. 26102, se entenderá referida al Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.En Lima, a los seis días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.
EDITH MELLADO CESPEDESPrimera Vicepresidenta y Presidenta en Ejercicio del Congreso de la RepúblicaAURORA TORREJON RIVA DE CHINCHATercera Vicepresidenta del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la RepúblicaALFREDO QUISPE CORREAMinistro de JusticiaMIRIAM SCHENONE ORDINOLAMinistra de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano