Ley que dispone la prórroga de ciento ochenta días para el plazo de vigencia de la Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer la concesión del Indulto a favor de quienes se encuentren condenados por Terrorismo y Traición a la Patria en base a elementos probatorios insuficientes, creada mediante Ley N° 26655Ley N° 26895
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
LEY QUE DISPONE LA PRORROGA DE CIENTO OCHENTA DIAS PARA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA COMISION AD HOC ENCARGADA DE EVALUAR, CALIFICAR Y PROPONER LA CONCESION DEL INDULTO A FAVOR DE QUIENES SE ENCUENTREN CONDENADOS POR TERORISMO Y TRAICION A LA PATRIA EN BASE A ELEMENTOS PROBATORIOS INSUFICIENTES, CREADA MEDIANTE LEY No. 26655
Artículo 1o.- Prorrógase por ciento ochenta días calendario, el plazo de vigencia de la Comisión Ad Hoc, creada por Ley No. 26655.
Artículo 2o.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del 1 de marzo de 1998.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete.
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPresidente del Congreso de la República
EDITH MELLADO CESPEDESPrimera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros
ALFREDO QUISPE CORREAMinistro de Justicia