26874

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<b>Disponen insertar símbolos patrios y texto del Protocolo Peruano-Ecuatoriano de </b><b><b>Paz, Amistad y Límites, en cuadernos de uso escolar</b><b><b>Ley N° 26874</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b> EL CONGRESO DE LA REPéBLICA;<b> Ha dado la Ley siguiente:<b> Artículo 1o.- Los cuadernos de uso escolar que se editen o fabriquen en el país deben llevar insertados bajo la forma de <b>impreso a color o en blanco y negro: la Bandera, el Escudo, el Coro y por lo menos una estrofa del Himno Nacional, así <b>como el texto del Protocolo Peruano-Ecuatoriano de Paz, Amistad y Límites, suscrito en Río de Janeiro en 1942, <b>llevando este último como fondo el contorno del Mapa del Perú. Los cuadernos de uso escolar que se importen, <b>llevarán insertados o agregados bajo forma de impreso, los mismos elementos antes mencionados.<b> Artículo 2o.- El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente será sancionado con una multa mínima de 10 <b>UIT y máxima de 100 UIT, que recae en el fabricante de los cuadernos escolares o en el importador de dichos <b>cuadernos, en su caso; duplicándose esta multa en caso de reincidencia. El Reglamento de la presente Ley establecerá <b>las escalas de aplicación de las multas a las que se refiere el párrafo anterior.<b> Artículo 3o.- El Ministerio de Educación es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la presente Ley.<b> DISPOSICIONES TRANSITORIAS<b> PRIMERA.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley, en un plazo no mayor de sesenta (60) días, contados a <b>partir de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".<b> SEGUNDA.- El Artículo 2o de la presente Ley entrará en vigencia a los trescientos sesenta (360) días de su publicación <b>en el Diario Oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Presidente del Congreso de la República<b> EDITH MELLADO CESPEDES<b>Primera Vicepresidenta del Congreso de la República<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b> POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> ALBERTO PANDOLFI ARBULU<b>Presidente del Consejo de Ministros<b> DOMINGO PALERMO CABREJOS<b>Ministro de Educación<b><hr>