Disponen insertar símbolos patrios y texto del Protocolo Peruano-Ecuatoriano de Paz, Amistad y Límites, en cuadernos de uso escolarLey N° 26874
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPéBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1o.- Los cuadernos de uso escolar que se editen o fabriquen en el país deben llevar insertados bajo la forma de impreso a color o en blanco y negro: la Bandera, el Escudo, el Coro y por lo menos una estrofa del Himno Nacional, así como el texto del Protocolo Peruano-Ecuatoriano de Paz, Amistad y Límites, suscrito en Río de Janeiro en 1942, llevando este último como fondo el contorno del Mapa del Perú. Los cuadernos de uso escolar que se importen, llevarán insertados o agregados bajo forma de impreso, los mismos elementos antes mencionados.
Artículo 2o.- El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente será sancionado con una multa mínima de 10 UIT y máxima de 100 UIT, que recae en el fabricante de los cuadernos escolares o en el importador de dichos cuadernos, en su caso; duplicándose esta multa en caso de reincidencia. El Reglamento de la presente Ley establecerá las escalas de aplicación de las multas a las que se refiere el párrafo anterior.
Artículo 3o.- El Ministerio de Educación es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la presente Ley.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley, en un plazo no mayor de sesenta (60) días, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
SEGUNDA.- El Artículo 2o de la presente Ley entrará en vigencia a los trescientos sesenta (360) días de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPresidente del Congreso de la República
EDITH MELLADO CESPEDESPrimera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros
DOMINGO PALERMO CABREJOSMinistro de Educación