Amplían plazo a que se refiere la Ley de reestructuración empresarial de las empresas agrariasLey N° 26825
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo Unico.- Amplíase hasta el 31 de agosto de 1997 el plazo de acogimiento establecido en el Artículo 12o. del Decreto Legislativo No. 877, ampliado por la Ley No. 26753 y considérese como fecha límite para solicitar la constancia del Ministerio de Agricultura a que se refiere el Artículo 10o. del Decreto Supremo No. 038-97-EF, el 15 de agosto de 1997.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.
VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Congreso de la República
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros
JORGE CAMET DICKMANMinistro de Economía y Finanzas
RODOLFO MUÑANTE SANGUINETIMinistro de Agricultura