26812

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<b>Modifican diversos artículos del D. Leg. Nº 776</b><b><b>Ley N° 26812</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b> EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;<b> Ha dado la Ley siguiente:<b> Artículo Unico.- Modifícase los Artículos 50 y 51 del Decreto Legislativo No. 776, con el siguiente texto:<b> "Artículo 50.- La base imponible del impuesto es la siguiente, según el caso:<b> a) Para el juego de bingo, rifas, sorteos y similares: el valor nominal de los cartones de juego o de los boletos de juego.<b> b) Para el juego de pimball: una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente al 1 de febrero del mismo ejercicio gravable, <b>por cada máquina.<b> c) Para los tragamonedas y otros aparatos electrónicos que entregan premios canjeables por dinero en efectivo:<b> Una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de febrero del mismo ejercicio gravable, por cada máquina.<b> d) Para las Loterías: el monto o valor de los premios. En caso de premios en especie, se utilizarán como base imponible <b>el valor de mercado del bien.<b> Las modalidades de cálculo del impuesto previstas en el presente artículo son excluyentes entre sí.<b> Artículo 51.- En los supuestos previstos en los incisos a) y d) del artículo precedente, la tasa del impuesto es del 10%; y <b>en los incisos b) y c) del mismo artículo, la tasa es del 3% y 7%, respectivamente."<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los diez días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.<b> VICTOR JOY WAY ROJAS<b>Presidente del Congreso de la República<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso de la República<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b> POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> ALBERTO PANDOLFI ARBULU<b>Presidente del Consejo de Ministros<b> JORGE CAMET DICKMANN<b>Ministro de Economía y Finanzas<b><hr>