26800

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<b>Amplían plazo establecido en la Tercera Disposición Complementaria del D. Leg. Nº </b><b><b>866, Ley de Organización y Funciones del PROMUDEH</b><b><b>Ley N° 26800</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b> EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;<b> Ha dado la Ley siguiente:<b> Artículo Unico.- Amplíase el plazo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo No. 866, <b>hasta el 31 de diciembre de 1997. Precísase que las Juntas de Participación Social se encuentran comprendidas dentro <b>de los alcances de la norma citada en el párrafo precedente.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.<b> VICTOR JOY WAY ROJAS<b>Presidente del Congreso de la República<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso de la República<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b> POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.<b> RICARDO MARQUEZ FLORES<b>Vicepresidente de la República, Encargado del Despacho Presidencial<b> MIRIAM SCHENONE ORDINOLA<b>Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano<b><hr>