Suspenden adjudicaciones de predios ubicados en zonas colindantes a playasLey N° 26754
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:Artículo 1o.- Suspéndase por el plazo de 6 meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las nuevas adjudicaciones de todo predio ubicado en cualquier balneario, urbanización colindante a la playa, terreno ribereño o similares. Se considera predio ubicado en balneario, urbanización colindante a la playa, terreno ribereño o similares a aquellos ubicados dentro de la franja comprendida dentro de los 250 metros paralela a la linea de alta marea.
Artículo 2o.- Quedan en suspenso las normas que se opongan a la presente ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los ventiún días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete.
VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Congreso de la República
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros