26736

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<b>Modifican el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Sociedades</b><b><b>Ley N° 26736</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b>El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Modifícase los Artículos 330o. y 332o. del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Sociedades, <b>aprobado por Decreto Supremo No. 003-85/JUS, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera:<b> "Artículo 330.- En la sociedad civil ordinaria, los socios responden por las obliogaciones sociales, subsidiariamente, en <b>proporción a sus aportes, salvo pacto distinto. Si alguno de los socios deviniese en insolvente, su parte se distribuirá, a <b>prorrata, entre los demas.<b> La sociedad civil ordinaria actúa bajo una razón social, constituida por el nombre de uno o más socios, precedida o <b>seguida de la expresión "Sociedad Civil" o su abreviatura "S.Civ.". En caso de infracción del presente párrafo, todos los <b>socios responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales.<b> Artículo 332.- La sociedad a que se refiere el Artículo 331o. debe llevar una razón social seguida, en todo caso, de la <b>frase "Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "S. Civ. R. L.". La razón social y el monto del capital <b>social inscrito deben ser obligatoriamente expresados en los rótulos, avisos y membretes de su correspondencia y <b>demás documentos de la sociedad.<b> En caso de infracción del presente artículo, todos los socios responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones <b>sociales." <b> Artículo 2o.- Derógase o modifícase las disposiciones que se opongan a la presente ley.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.<b> VICTOR JOY WAY ROJAS<b>Presidente del Congreso de la República<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso de la República<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de enero de mil novecientos noventa y siete.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> ALBERTO PANDOLFI ARBULU<b>Presidente del Consejo de Ministros<b> CARLOS HERMOZA MOYA<b>Ministro de Justicia<b><hr>