Aprueban normas para el otorgamiento de la buena pro en procesos de licitación para la concesión de rutas de servicio de transporte público de pasajerosLey N° 26719
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:Artículo 1o.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, las autoridades competentes otorgarán la buena pro, en los procesos de licitación para la concesión de rutas de servicio público urbano e interurbano de pasajeros, a la empresa o las empresas que, cumpliendo con las especificaciones técnicas de las bases, oferten la tarifa más baja para la ruta objeto de licitación.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Congreso de la República
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ventiséis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros y
ELSA CARRERA DE ESCALANTEMinistra de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción