26709

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<b>Amplían los efectos del régimen de regularización de declaraciones o </b><b><b>constataciones de fábrica</b><b><b>Ley N° 26709</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b>El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Amplíase los efectos del régimen de regularización de declaraciones o constataciones de fábrica, <b>establecido en la Ley No. 26389 a las edificaciones terminadas hasta el 15 de mayo de 1996. El plazo para acogerse a <b>este régimen vencerá el 31 de diciembre de 1997.<b> Artículo 2o.- Derógase o modifícase las disposiciones que se opongan a la presente Ley.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis.<b> VICTOR JOY WAY ROJAS<b>Presidente del Congreso de la República<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso de la República<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> ELSA CARRERA DE ESCALANTE<b>Ministra de Transportes, Vivienda y Construcción<b><hr>