Delegan facultades al Poder Ejecutivo para que dicte normas destinadas a promover la inversión privada en el Norte del PerúLey N° 26666
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:Artículo Unico.- Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar por un plazo de 30 días, en los términos a que hace referencia el Artículo 104o. de la Constitución Política, para dictar normas que creen la Zona de Desarrollo Paita - Piura - Sullana - Tumbes, para promover la inversión privada en el Norte del Perú.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiséis días del mes de setiembre de mil novecientos noventiséis.
VICTOR JOY WAY ROJASPresidente del Congreso de la República
MARTHA HILDEBRANDT PEREZSegunda Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y seis.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros