Disponen que el Ministerio de Justicia edite la "Compilación de la Legislación Peruana" que comprenda todas las normas con rango de ley vigentes y sus reglamentosLey N° 26633
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo Unico.- Edítese por el Ministerio de Justicia la "Compilación de la Legislación Peruana", que comprenda todas las leyes, decretos legislativos y demás normas con rango de ley, vigentes, debidamente concordadas, así como sus respectivos reglamentos y las disposiciones derogadas, con indicación del número y fecha de publicación que les correspondió. La compilación de la Legislación Peruana será actualizada cada año.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.En Lima, a los dieciséis días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis.MARTHA CHAVEZ COSSIO DE OCAMPOPresidenta del Congreso de la RepúblicaVICTOR JOY WAY ROJASPrimer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la RepúblicaALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de MinistrosCARLOS HERMOZA MOYAMinistro de Justicia