Adicionan artículo a la Ley Orgánica a Tribunal ConstitucionalLey N° 26622
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO ADICIONAL A LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Artículo Unico.- Cuando existan razones que lo justifiquen, y a petición de no menos del 20% de los Congresistas, podrá efectuarse, por acuerdo del Pleno, una convocatoria complementaria por invitación para elegir a candidatos a los cargos de Magistrados del Tribunal Constitucional cuyas vacantes no hubieran sido cubiertas. En tal caso, la votación será por lista cerrada, completa y mediante voto público en el Pleno del Congreso.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.Lima, a los catorce días del mes de Junio de mil novecientos noventa y seis.VICTOR JOY WAY ROJASPrimer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaCARLOS TORRES Y TORRES LARASegundo Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la RepúblicaALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros