Agregan inciso a artículo de decreto ley mediante el cual se estableció la penalidad para los casos de terrorismoLey N° 26590
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo Unico.- Agrégase el inciso i) al Artículo 13o. del Decreto Ley No. 25475, con el texto siguiente:
"inciso i).- Podrá dictarse orden de comparecencia para el nuevo juzgamiento, en los casos en que la Corte Suprema declare la nulidad de la sentencia que absuelve al procesado."
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.En Lima, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos noventa y seis.MARTHA CHAVEZ COSSIO DE OCAMPOPresidenta del Congreso de la RepúblicaVICTOR JOY WAY ROJASPrimer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de abril de mil novecientos noventa y seis.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la RepúblicaCARLOS E. HERMOZA MOYAMinistro de Justicia