26567

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<b>Sustituyen artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial</b><b><b>Ley N° 26567</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b>EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;<b> Ha dado la ley siguiente:<b> Artículo 1o.- Sustitúyase el texto del artículo 198o del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, <b>aprobado por Decreto Supremo No 017-93-JUS, por el siguiente:<b> "Artículo 198o.- Hay incompatibilidad por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, hasta el <b>segundo grado de afinidad y por matrimonio<b>1. Entre Vocales de la Corte Suprema y entre éstos y los Vocales Superiores y Jueces de las Cortes Superiores de Lima <b>y Callao; así como con los secretarios y relatores de Sala, de la propia Corte Suprema y los Distritos Judiciales de Lima <b>y Callao.<b>2. En el mismo Distrito Judicial entre Vocales Superiores, Jueces, Secretarios, y Relatores de Sala; y entre Vocales o <b>Jueces con los Secretarios o Relatores de Sala.<b>3. Las incompatibilidades por parentesco enunciadas en el presente artículo comprenden al personal administrativo <b>entre sí, así como en relación al personal jurisdiccional."<b> Artículo 2o.- Las contrataciones o nombramientos que contravengan lo dispuesto en el artículo 198o del Texto Unico <b>Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial son nulos de pleno derecho y darán origen a las responsabilidades <b>civiles y administrativas de los infractores.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b>En Lima, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.<b>MARTHA CHAVEZ COSSIO DE OCAMPO<b>Presidenta del Congreso de la República<b>VICTOR JOY WAY ROJAS<b>Primer Vicepresidente del Congreso de la República<b>AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO<b>Mando se publique y cumpla.<b>Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ventinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.<b>ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b>FERNANDO VEGA SANTA GADEA<b>Ministro de Justicia<b><hr>