Sustituyen artículo de la Ley Orgánica del Tribunal ConstitucionalLey N° 26541
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo Unico.- Sustitúyase el Artículo 1o. de la Ley No. 26435, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por el siguientetexto:
"Artículo 1o. El Tribunal Constitucional es el órgano de contro de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente de los demás órganos constitucionales. Se encuentra sometido sólo a la Constitución y su Ley Orgánica. El Tribunal Constitucional tiene como sede la ciudad de Arequipa. Puede tener sesiones en cualquier otro lugar de la República."
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los doce días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco.MARTHA CHAVEZ COSSIO DE OCAMPOPresidenta del Congreso de la RepúblicaVICTOR JOY WAY ROJASPrimer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la RepúblicaDANTE CORDOVA BLANCOPresidente del Consejo de Ministros