26539

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<b>Establecen que el Gerente o Administrador de sociedades mercantiles o civiles, <b>goza de las facultades generales y especiales de representación procesal por el </b><b><b>solo mérito de su nombramiento</b><b><b>Ley N° 26539</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b>EL CONGRESO DE LA REPUBLICA<b> Ha dado la ley siguiente:<b> Artículo 1o. El Gerente o Administrador, según el caso, de sociedades mercantiles o civiles, goza de las facultades <b>generales y especiales de representación procesal señalada en los Artículos 74o. y 75o. del Decreto Legislativo No. <b>768, Código Procesal Civil, por el solo mérito de su nombramiento; salvo estipulación estatutaria en contrario o <b>limitación impuesta mediante acuerdo en Junta General de Accionistas o Socios.<b> Artículo 2o. Para ejercer la representación procesal señalada en el Artículo Primero, bastará la presentación de copia <b>notarialmente certificada del documento donde conste el nombramiento debidamente inscrito, conforme a los <b>dispositivos legales vigentes.<b> Artículo 3o. Entiéndase que para efectos de lo dispuesto por la presente ley, se cumple con las formalidades previstas <b>en el último párrafo del artículo 75 del Decreto Legislativo No. 768, Código Procesal Civil.<b> Comuníquese al Señor Presidente de la República para su promulgación.<b>En Lima, a los diez días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco.<b>MARTHA CHAVEZ COSSIO DE OCAMPO<b>Presidenta del Congreso de la República<b>VICTOR JOY WAY ROJAS<b>Primer Vicepresidente del Congreso de la República<b>AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b>Mando se publique y cumpla.<b>Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco.<b>ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b>DANTE CORDOVA BLANCO<b>Presidente del Consejo de Ministros<b><hr>