26499

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<b>Comprenden a los gobiernos regionales dentro de los alcances de disposición </b><b><b>transitoria y final de la Ley Orgánica del Ministerio de la Presidencia</b><b><b>Ley N° 26499</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:<b>EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO;<b> Ha dado la ley siguiente:<b> Artículo 1o.- Compréndase dentro de la primera disposición transitoria y final del Decreto Ley No 25556, Ley Orgánica <b>del Ministerio de la Presidencia, a los Gobiernos Regionales que a continuación se indica:<b> Región Grau.<b>Región Loreto.<b>Región Ucayali.<b>Región Arequipa.<b>Región Moquegua-Tacna-Puno.<b>Región Nor Oriental del Maranón.<b>Región Inca.<b>Región La Libertad.<b>Región Los Libertadores-Wari.<b>Región Andrés Avelino Cáceres.<b>Región Chavín.<b>Región San Martín.<b> Artículo 2o.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a través de las Direcciones Generales del Presupuesto <b>Público y del Tesoro Público a calendarizar y girar respectivamente, a partir del primero de agosto de 1995, los recursos <b>correspondientes a los Pliegos de los Gobiernos Regionales a través del Sector 025 Ministerio de la Presidencia.<b> Artículo 3o.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General del Presupuesto Público, <b>a transferir al cierre del ejercicio presupuestal 1995, el saldo del marco presupuestal previsto en el Sector Presidencia <b>del Consejo de Ministros correspondiente a los Gobiernos Regionales al Ministerio de la Presidencia, en el plazo <b>establecido por el artículo 16o de la Ley No 26404 -Ley de Presupuesto del Sector Público para 1995.<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b>JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b>CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b>AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b>Mando se publique y cumpla.<b>Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de julio de mil novecientos noventa y cinco.<b>ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b>EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER<b>Presidente del Consejo de Ministros<b><hr>