Modifican artículo de la Ley Nº 26200, referido a la ampliación del plazo para solicitar el fraccionamiento a que se refiere Decreto Supremo que creó el Beneficio Especial de Regularización Tributaria AduaneraLey N° 26431
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Primero.- Modifícase el artículo 1o. de la Ley No. 26200 el cual queda redactado con el texto siguiente:
"Artículo 1o.- Extiéndase el plazo para solicitar el fraccionamiento a que se refiere el Artículo 10o. del Decreto Supremo Extraordinario No. 011-PCM/93 HASTA EL 16 DE ENERO DE 1996. Las pólizas y/o declaraciones de importación deberán ser numeradas a más tardar el 31 de Diciembre de 1995.
La tasa de interés aplicable al referido fraccionamiento es la señalada en el Artículo 2o. del Decreto Supremo No. 151- 92-EF, y el fraccionamiento será de 48 cuotas de vencimiento mensual."
Segundo.- Derógase o modifícase las normas que se opongan a la presente ley.
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de enero de mil novecientos noventa y cinco.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
JORGE CAMET DICKMANNMinistro de Economía y Finanzas