Modifican artículo de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Servicios de SaneamientoLey N° 26388
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo 1o.- Modifícase el artículo 1o. de la Ley No. 26284, en los siguientes términos:
"Artículo 1o.- La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamientos creada por Decreto Ley No. 25965, a quien en adelante se le denominará la Superintendencia, es un Organismo Descentralizado Autónomo del Ministerio de la Presidencia, con personería Jurídica de Derecho Público, partrimonio propio y autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa."
Artículo 2o.- La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los cuatro días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
VICTOR JOY WAY ROJASSegundo Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
MARIA LUISA FEDERICI SOTOMinistra de la Presidencia