Disponen que el Ministerio Público restablezca las Fiscalías Especiales de Defensoría del Pueblo y Derechos HumanosLey N° 26387
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo Unico.- El Ministerio Público restablecerá las Fiscalías Especiales de Defensoría del Pueblo y Derechos Humanos hasta la instalación y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo.
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
Lima, treintiuno de Octubre de mil novecientos noventa y cuatro.
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
VICTOR JOY WAY ROJASSegundo Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
FERNANDO VEGA SANTA GADEAMinistro de Justicia