Modifican el D.Leg. Nº 777, mediante el cual se creó el Régimen Unico SimplificadoLey N° 26386
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo Unico.- Modifícase el artículo 9o. del Decreto Legislativo No. 777 en los términos siguientes:
"Artículo 9o.- Los sujetos del presente Régimen pueden optar por acogerse al Régimen General".
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los treintiún días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y cuatro.
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
VICTOR JOY WAY ROJASSegundo Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
JORGE CAMET DICKMANNMinistro de Economía y Finanzas