26385

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<b>Autorizan a diversos Consejos Transitorios de Administración Regional a disponer </b><b><b>de fondos destinados a programas promocionales de crédito a productores </b><b><b>agrarios, pecuarios y pesqueros</b><b><b>Ley N° 26385</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Autorízase a los Consejos Transitorios de Administración Regional de las Regiones de Loreto y Ucayali, a <b>disponer íntegramente de los Fondos Acumulados y los que se capten en el futuro, a que se refiere el artículo 8o. de la <b>Ley No. 24300, cuyo fideicomisario fue el Banco Agrario en Liquidación.<b> Artículo 2o.- Los Fondos a que se refiere el artículo precedente están destinados a programas promocionales de crédito <b>a los productores agrarios, pecuarios y pesqueros, canalizados, vía convenios u otros mecanismos con la <b>correspondiente Tasa de Interés. Así como ejecutar obras de infraestructura en apoyo a los productores antes <b>mencionados.<b> Artículo 3o.- El Banco de la Nación efectuará la transferencia de los Fondos a que se refiere la presente ley en el <b>artículo 1o.<b> Artículo 4o.- Derógase o déjase sin efecto, según corresponde los dispositivos que se opongan a la presente Ley.<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> JORGE CAMET DICKMANN<b>Ministro de Economía y Finanzas<b><hr>