26365

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<b>Modifican el Artículo 65º de la Ley Orgánica de Municipalidades</b><b><b>Ley N° 26365</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Modifícase el inciso 10) del artículo 65o. de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 23853, con el texto <b>siguiente:<b> "10) Disponer la nomenclatura de avenidas, calles, jirones, pasajes, parques y plazas; la numeración predial; y, <b>organizar y mantener los sistemas de señales y semáforos del tránsito de vehículos y peatones.<b> No se puede repetir en un mismo distrito, el nombre o número asignado a una avenida, calle, jirón, pasaje, parque o <b>plaza, ni duplicar dicha nomenclatura en los lugares públicos señalados.<b> Artículo 2o.- Encárgase al Poder Ejecutivo para que en el plazo de noventa días computados a partir de la vigencia de <b>esta Ley, elabore y apruebe el Nuevo Reglamento de Nomenclatura Vial y Areas de Recreación Pública, con arreglo a la <b>presente Ley.<b> Artículo 3o.- Deróganse las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley, la misma que entrará en vigencia al <b>día siguiente de su publicación.<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los ventiún días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y cuatro<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER<b>Presidente del Consejo de Ministros<b><hr>