Autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas para que atienda el pago de los ex servidores de la empresa SENAPALey N° 26340
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo 1o.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a cubrir y atender el pago de los ex-servidores de la empresa Servicio Nacional de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado (SENAPA) en liquidación, pertenecientes al régimen de pensiones de la Ley No. 20530, incluyendo el pago de las pensiones que se hayan generado a partir del 1o. de Julio de 1994 y hasta la entrada en vigencia de la presente ley.
Artículo 2o.- Las mencionadas pensiones tendrán como referencia, inclusive para su homologación, las que el Ministerio de Economía y Finanzas paga a sus trabajadores y funcionarios conforme al Decreto Legislativo 276. En ningún caso, se homologarán o referirán al personal sujeto a la actividad privada.
Artículo 3o.- Precísase que el pago en favor de los ex-servidores del SENAPA está sujeto a las disposiciones de la Ley No. 26268 de Presupuesto de Sector Público para 1994 y demás disposiciones de carácter general relacionadas con el pago de las pensiones de los ex-trabajadores sujetos al régimen del Decreto Ley No. 20530, normas complementarias y conexas.
Artículo 4o.- Derógase las disposiciones que se opongan a la presente ley.
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los quince días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cuatro.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
JORGE CAMET DICKMANNMinistro de Economía y Finanzas