Derogan las Leyes de Participación Comunal en la Gestión y Administración Educativas, de Financiamiento Educativo y de Mejoramiento de la Calidad y Ampliación de la Cobertura de la Educación PeruanaLey N° 26325
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo 1o.- Deróganse los decretos leyes siguientes:
- No. 26011 Ley de Participación Comunal en la Gestión y Administración Educativas.- No. 26012 Ley de Financiamiento Educativo.- No. 26013 Ley de Mejoramiento de la Calidad y Ampliación de la Cobertura de la Educación Peruana.
Artículo 2o.- La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiséis días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de junio de de mil novecientos noventa y cuatro.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
JORGE TRELLES MONTEROMinistro de Educación