Disponen que el Diario Oficial El Peruano publique el texto íntegro de los tratados celebrados por el EstadoLey N° 26315
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo 1o.- El Diario Oficial "El Peruano" publicará el texto íntegro de los tratados celebrados por el Estado y en vigor que pasen a formar parte del derecho nacional.
Artículo 2o.- La publicación a que se refiere el artículo anterior de la presente ley se efectuará en un plazo máximo de diez días calendarios contados a partir de la fecha de recepción del documento por el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3o.- La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los doce días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ventiséis días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBERPresidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores