Aprueban Ley que regula el acceso al cargo de Director de los Centros o Programas Educativos de gestión estatalLey N° 26269
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo 1o.- El acceso al cargo de Director de los Centros o Programas Educativos de gestión estatal de cualquier nivel o modalidad del país, se realiza por estricto orden de méritos y mediante concurso público ejecutado por el Ministerio de Educación. El período de gestión directiva tiene una duración de cinco años contados a partir de la expedición de la Resolución de nombramiento.Vencido el plazo, el Director puede concursar nuevamente.
Artículo 2o.- El Ministerio de Educación a través de sus organismos descentralizados correspondientes y previo informe técnico, procederá a declarar vacante el cargo de director nombrado sin los requisitos previstos en la Ley No. 24029, su modificatoria y reglamentos, y de aquellos directores que no hayan laborado de acuerdo a los principios deontológicos de su profesión o a los fines correspondientes del centro educativo que estuvo a su cargo.
Artículo 3o.- Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley, la misma que entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
ALFONSO BUSTAMANTE Y BUSTAMENTEPresidente del Consejo de Ministros yMinistro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales
RAUL VITTOR ALFAROMinistro de Educación