26257

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<b>Elevan a la categoría de Ciudad a Villa de la Provincia de Chiclayo, Departamento </b><b><b>de Lambayeque</b><b><b>Ley N° 26257</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Elévese a la categoría de Ciudad la Villa de Reque, capital del Distrito del mismo nombre, en la Provincia de <b>Chiclayo del Departamento de Lambayeque.<b> Artículo 2o.- Deróganse los dispositivos legales que se opongan a la presente ley.<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los veintiséis días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> RAFAEL REY REY<b>Segundo Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> ALFONSO BUSTAMANTE Y BUSTAMENTE<b>Presidente del Consejo de Ministros y<b>Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales<b> JUAN BRIONES DAVILA<b>Ministro del Interior<b><hr>