26246

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<b>Precisan alcances de la Ley Nº 26233 en lo referido a las remuneraciones de los </b><b><b>Congresistas de la República que están afectas al FONAVI</b><b><b>Ley N° 26246</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Precísase los alcances del inciso b) del artículo 1o. de la Ley No. 26233, en el sentido que se encuentran <b>afectas a la contribución al FONAVI:<b> a) El monto total de las remuneraciones percibidas por los señores Congresistas de la República, Ministros de Estado, <b>Magistrado de la Corte Suprema y altos Funcionarios del Estado, por concepto de retribución por prestación de <b>servicios personales; y<b> b) Cualquier otra cantidad en dinero que recibieran para aplicarse a determinado gasto, sea cual fuere su <b>denominación, a condición que se otorgue para el cumplimiento de sus funciones.<b> Artículo 2o.- Para efectos del Sistema Nacional de Pensiones, Decreto Ley No. 19990 y Régimen de Pensiones del <b>Decreto Ley No. 20530, sólo tendrán carácter pensionable los montos percibidos por los señores Congresistas de la <b>República a que se refiere el inciso a) del artículo precedente.<b> Artículo 3o.- La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los cinco días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> ALFONSO BUSTAMANTE Y BUSTAMENTE<b>Presidente del Consejo de Ministros y<b>Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales<b> MANUEL VARA OCHOA<b>Ministro de la Presidencia<b><hr>