26245

Descarga el documento

Loading PDF...
<b>Modifican Disposición Transitoria de la Ley Marco para el Crecimiento de la </b><b><b>Inversión Privada</b><b><b>Ley N° 26245</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Sustitúyase la segunda disposición transitoria del Decreto Legislativo No. 757, con la siguiente redacción:<b> "Segunda Disposición Transitoria.- Suspéndase hasta el 3l de Diciembre de 1994 la vigencia de lo dispuesto en el <b>último párrafo del Artículo 169o., en el segundo párrafo del Artículo 222o. y en el inciso 3ro. del Artículo 359o. de la Ley <b>General de Sociedades, cuyo texto único ordenado fue aprobado por el D.S. No. 003-85-JUS".<b> Artículo 2o.- Deróguense o déjese sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.<b> Artículo 3o.- Esta Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los cinco días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b><hr>