Modifican el Artículo 3º del D.Leg. Nº 717, respecto al Registro Unico de ProveedoresLey N° 26212
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo 1o.- Modifícase el artículo tercero del Decreto Legislativo No. 717, con la siguiente redacción:
"Artículo Tercero.- El Instituto Nacional de Administración Pública, notificará al proveedor, de la Comunicación que hubiere recibido de las entidades y organismos del sector Público a que se refiere el artículo anterior.
En el término de 10 días hábiles de haber recibido la notificación, el proveedor podrá reclamar ante la Sub-Jefatura del INAP.
De lo que resuelva la Sub-Jefatura del INAP, el proveedor podrá apelar dentro del término de 5 días hábiles de notificado ante el Jefe del INAP.
En caso de que no se hubiere interpuesto reclamación o que haya sido declarada infundada por resolución consentido o ejecutoriada, el INAP inscribirá en el "Registro Unico de Proveedores" a los que hubieren incumplido con sus obligaciones, procediéndose a publicarse en el Diario Oficial "El Peruano" dentro del término de 7 días, los mismos que quedarán inhabilitados para participar en futuras adquisiciones o provisiones de bienes o servicios que convoquen las entidades aludidas, por el lapso de dos años."
Artículo 2o.- Deróguese o déjese sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.
Artículo 3o.- Esta Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los dos días del mes de Julio de mil novecientos noventa y tres.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
RAFAEL REY REYSegundo Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio mil novecientos noventa y tres.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZMinistro de Trabajo y Promoción SocialEncargado de la Presidencia del Consejo de Ministros
FERNANDO VEGA SANTA GADEAMinistro de Justicia