26205

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<b>Establecen que los avisos matrimoniales en los lugares donde no exista periódico </b><b><b>se efectuarán a través de una emisora radial</b><b><b>Ley N° 26205</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Modifícase el Artículo 250o. del Código Civil, el cual quedará redactado de la siguiente manera:<b> "Artículo 250o.- El alcalde anunciará el matrimonio proyectado, por medio de un aviso que se fijará en la oficina de la <b>municipalidad durante ocho días y que se publicará una vez por periódico, donde lo hubiere.<b> En la circunscripción que no exista periódico, el aviso se efectuará a través de la emisora radial de la respectiva localidad <b>que elijan los contrayentes, o de la más cercana a su localidad; debiendo entregarse el texto publicado, con la firma y <b>libreta electoral del responsable de la emisora radial, al jefe de los Registros Civiles.<b> El aviso consignará el nombre, nacionalidad, edad, profesión, ocupación u oficio, domicilio de los contrayentes, el lugar <b>donde será celebrado el matrimonio y la advertencia de que todo el que conozca la existencia de algún impedimento <b>debe denunciarlo."<b> Artículo 2o.- La presente ley rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los veinticuatro días del mes de Junio de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los un días del mes de julio mil novecientos noventa y tres.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA<b>Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores<b> FERNANDO VEGA SANTA GADEA<b>Ministro de Justicia<b><hr>