26203

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<b>Adicionan una Disposición Transitoria a la Ley de Situación Militar de los Oficiales </b><b><b>del Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea, con respecto a los Oficiales de </b><b><b>Reserva del Ejército que sirven en el activo, procedentes del CAPOR</b><b><b>Ley N° 26203</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Adiciónese al Decreto Legislativo No. 752 Ley de Situación Militar de los Oficiales del Ejército, Marina de <b>Guerra y Fuerza Aérea, una Séptima Disposición Transitoria, con el siguiente texto:<b> "SETIMA.- Los Oficiales de Reserva del Ejército que sirven en el activo procedentes del Curso Ampliatorio para Oficiales <b>de Reserva (CAPOR) que a la fecha de entrar en vigencia la presente Ley cuenten con once (11) o más años de <b>servicios, podrán obtener la efectividad en el Grado, previa evaluación que determine el Ejército.<b>Al personal desaprobado en la Prueba de Evaluación no se renovará el Contrato de Servicios, percibiendo los <b>beneficios de Ley."<b> Artículo 2o.- La aplicación de la presente Ley no irrogará gasto alguno en la partida presupuestal.<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los venticuatro días del mes de junio mil novecientos noventa y tres.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA<b>Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores<b> VICTOR MALCA VILLANUEVA<b>Ministro de Defensa<b><hr>