26192

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<b>Establecen que las Declaraciones de Fábrica autorizadas por las Municipalidades </b><b><b>son inscribibles en los Registros de la Propiedad Inmueble</b><b><b>Ley N° 26192</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Son inscribibles en los Registros de la Propiedad Inmueble, las Declaraciones de Fábrica que autoricen las <b>Municipalidades Provinciales ó las Municipalidades Distritales que acrediten contar con los recursos técnicos <b>necesarios, previa delegación de las primeras.<b> Artículo 2o.- Para los efectos del artículo precedente, los interesados presentarán ante la Municipalidad de la <b>Jurisdicción a que corresponda el inmueble y que esté facultada a otorgar licencias de construcción, una solicitud, <b>cuyos requisitos e información serán establecidos en el reglamento correspondiente.<b> Artículo 3o.- El procedimiento autorizado por la presente ley, es alternativo a los existentes, debiendo el Poder Ejecutivo <b>reglamentar la presente ley dentro del término de 30 días.<b> Artículo 4o.- Deróguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.<b> Artículo 5o.- La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los diecisiete días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos noventa y tres.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA<b>Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores<b> FERNANDO VEGA SANTA GADEA<b>Ministro de Justicia<b><hr>