26169

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<b>Disponen que los Concejos Provinciales y Distritales elegidos en las Elecciones </b><b><b>Municipales, se instalarán el 1 de marzo de 1993</b><b><b>Ley N° 26169</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Los Concejos Provinciales y Distritales elegidos en los comicios municipales del 29 de enero de 1993 y <b>proclamados conforme a ley, que aún no se hubieren instalado, se instalarán públicamente el 1o. de marzo de 1993.<b>Los Concejos que sean proclamados con posterioridad al 1o. de marzo de 1993 se instalarán al día siguiente de su <b>proclamación.<b> Dichas autoridades municipales cesan en su funciones el 31 de diciembre de 1995.<b> Artículo 2o.- En las Provincias y Distritos en que no se realizaron elecciones el 29 de enero de 1993; en las que éstas <b>sean declaradas nulas; y, en aquéllas creadas hasta el 31 de diciembre de 1992, se realizarán elecciones municipales <b>complementarias.<b> El Presidente de la República convocará a dichas elecciones de conformidad con la ley 15377, a partir del día siguiente <b>de vigencia de la presente ley, dentro del plazo que alude el artículo 1o. de la ley 23671.<b> Artículo 3o.- Prorrógase por esta única vez hasta el 30 de abril de 1993, el plazo a que se refiere el artículo 105o. de la <b>el y 23853 para la aprobación de la cuenta municipal.<b> Artículo 4o.- Deróganse todas las disposiciones legales que se opongan a la presente ley.<b> Artículo 5o.- Esta ley rige desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los diecinueve días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ventidos días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ<b>Ministro de Trabajo y Promoción Social, Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros<b> JUAN BRIONES DAVILA<b>Ministro del Interior<b><hr>