Prorrogan el mandato de los Alcaldes y Regidores de los Municipios Provinciales y Distritales de la RepúblicaLey N° 26166
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:Artículo Unico.- Prorrógase el mandato de los Alcaldes y Regidores de los Municipios Provinciales y Distritales de la República, que fueron elegidos en las últimas Elecciones Municipales y sus complementarias, hasta que asuman el cargo quienes resulten electos en los comicios ediles del 29 de enero de 1993 y en sus complementarias, si las hubiere.
La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los seis días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres.
JAIME YOSHIYAMAPresidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARAPrimer Vicepresidente
RAFAEL REY REYSegundo Vicepresidente
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la República
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZMinistro de Trabajo y Promoción Social,Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros
JUAN BRIONES DAVILAMinistro del Interior