26166

Descarga el documento

Loading PDF...
<b>Prorrogan el mandato de los Alcaldes y Regidores de los Municipios Provinciales y </b><b><b>Distritales de la República</b><b><b>Ley N° 26166</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo Unico.- Prorrógase el mandato de los Alcaldes y Regidores de los Municipios Provinciales y Distritales de la <b>República, que fueron elegidos en las últimas Elecciones Municipales y sus complementarias, hasta que asuman el <b>cargo quienes resulten electos en los comicios ediles del 29 de enero de 1993 y en sus complementarias, si las hubiere.<b> La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, a los seis días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente<b> RAFAEL REY REY<b>Segundo Vicepresidente<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ<b>Ministro de Trabajo y Promoción Social,<b>Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros<b> JUAN BRIONES DAVILA<b>Ministro del Interior<b><hr>