26466

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<b>Aprueban las Enmiendas 1, 2 y 3 al Tratado para la Proscripción de las Armas </b><b><b>Nucleares en América Latina</b><b><b>Resolución Legislativa N° 26466</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:<b>El Congreso Constituyente Democrático, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 56o. y 102o. inciso 3), <b>de la Constitución Política del Perú y el artículo 2o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar las Enmiendas 1, 2 y 3 al <b>Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina", adoptadas mediante Resoluciones 267 (E-V) <b>de 3 de julio de 1990; 268 (XII) del 10 de mayo de 1991, y 290 (E-VII), del 26 de agosto de 1992, por la Conferencia <b>General del<b>Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina.<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> En Lima, al primer día del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>Lima, 8 de junio de 1995.<b> Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> JUAN CASTILLA MEZA<b>Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción<b>Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros<b> VICTOR MALCA VILLANUEVA<b>Ministro de Defensa<b><hr>