Sustituyen artículo de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, referido al plazo para interponer acción de inconstitucionalidadLey N° 26618
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo Unico.- Sustitúyase el Artículo 26o. de la Ley No. 26435, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por el siguientetexto:
"Artículo 26o. La Acción de Inconstitucionalidad de una norma se interpone dentro del plazo de seis meses contados a partir de su publicación. Vencido el plazo indicado, prescribe la acción, sin perjuicio de lo dispuesto por el Artículo 51o. y por el segundo párrafo del Artículo 138 de la Constitución."
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.En Lima, a los treintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis.MARTHA CHAVEZ COSSIO DE OCAMPOPresidenta del Congreso de la RepúblicaVICTOR JOY WAY ROJASPrimer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la RepúblicaALBERTO PANDOLFI ARBULOPresidente del Consejo de MinistrosCARLOS HERMOZA MOYAMinistro de Justicia